LOS CONCURSOS DE ACREEDORES DESPUÉS DEL ESTADO DE ALARMA

El Artículo 43 del Real *Decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del *COVI-19, trato el tema del plazo del deber de solo•licitud de concurso. Conforme lo referido artículo 43, mientras esté vigente el estado de alarma, el deudor que se encuentre en…

Leer más